RETOS LEGALES QUE ENFRENTARÁ BAJA CALIFORNIA PARA EL AÑO 2025.
- epeinado
- 30 oct 2024
- 7 Min. de lectura
En este artículo te compartimos algunos de los retos legales que visualizamos enfrentará Baja California para este año 2025.

Estimado lector, estamos a escasas 10 semanas de terminar el año 2024, e iniciar un próximo año, y la pregunta obligada es ¿Estamos preparados para este nuevo año 2025? Particularmente en nuestro Estado de Baja California, nos encontraremos con una serie de posibles escenarios legales, normativos, políticos y sociales, en donde la sociedad Baja Californiana, y el sector empresarial deben estar en suma conciencia.
En primer término, la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo recibió el pasado martes 1 de octubre la banda presidencial, y con ello, a través de diversas acciones que ha venido impulsando, podremos vislumbrar un poco el rumbo que su política pública en diversos temas. Aunado a la abrumadora mayoría en el poder legislativo, y la reforma al Poder Judicial, podría predecirse que serán pocas las políticas públicas que no sean implementadas. Asimismo, no es ajena la relación entre la Presidenta de la República, y la Gobernadora Baja Californiana, la Mtra. Marina del Pilar Ávila Olmeda, por lo que podemos esperar posiblemente una sinergia entre el ámbito Federal y Estatal, en el que se impulse la agenda nacional en nuestra entidad federativa.
Algunos de los temas a considerar como retos en nuestra entidad federativa, desde la óptica legal, serán:
1.- NUEVA ADMINISTRACIÓN EN AYUNTAMIENTOS: La entrada en funciones de las nuevas administraciones en los Ayuntamientos de todo el Estado. Este 01 de Octubre, también asumieron las funciones los nuevos Presidentes Municipales Morenistas; Ensenada: Claudia Josefina Agatón Muñiz, Mexicali: Norma Alicia Bustamante Martínez, Rosarito: María del Rocío Adame Muñoz, San Felipe: José Luis Dagnino López, San Quintín: Miriam Elizabeth Cano Núñez, Tecate: Román Cota Muñoz, Tijuana: Ismael Burgueño Ruiz. De lo anterior, es importante considerar que a la fecha de escribir el presente artículo, aún podemos observar en los diferentes Ayuntamientos un retraso importante en la designación o entrada en función de diversos funcionarios, que tienen detenidas diferentes áreas, lo cual claramente representa un menoscabo a la sociedad Baja Californiana, ya que ésta no se detiene por el simple hecho de un cambio de gobierno, ya que las empresas y la ciudadanía en general siguen trabajando con normalidad, y gestionando ante las dependencias municipales los requisitos normativos que le son aplicables, en muchos casos encontrándose con la negativa de la autoridad a atender con efectividad sus gestiones, dados los procedimientos de sucesión de funcionarios, por lo que en muchos casos el verdadero inicio de actividades de forma regular no será sino hasta el próximo mes de enero.
2.- CONSECUENCIAS DEL PARO DEL PODER JUDICIAL FEDERAL: Si bien es cierto, este 23 de Octubre, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) ordenó levantar el paro laboral en el Poder Judicial. Por medio de la circular 23/2024[i], informó que esto será a partir de este jueves 24 de octubre, e instruye a los titulares de los órganos jurisdiccionales a que deberán asegurar el cumplimiento de las disposiciones administrativas y operativas necesarias para garantizar la correcta impartición de justicia; lo cierto es que los estragos de dicho paro podrán verse aún en los meses venideros con el cúmulo de trabajo que los diferentes Órganos Jurisdiccionales del Poder Judicial Federal en nuestro Estado enfrentarán. Durante el período del paro del Poder Judicial Federal las empresas buscaron otros medios legales para enfrentar circunstancias que ameritaban solicitar la protección de la Justicia Federal, lo cual podría volverse una práctica recurrente hasta que el ritmo de trabajo de los Órganos Jurisdiccionales del Poder Judicial Federal se estabilice.
3.- MEDIACIÓN Y MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Del punto anterior, una gran lección que nos ha dejado a los abogados es no soltar las prácticas de mediación, y los medios alternos de solución de conflictos. La comunidad empresarial, y en general la sociedad Baja Californiana deberá contemplar en sus instrumentos jurídicos la figura de la mediación para la solución de conflictos y tomar en consideración la prevención de Litigios, a fin de no entorpecer cualquier solución de dichos conflictos.
4.- REFORMAS CONSTITUCIONALES: En los primeros días de su mandato, la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo presentó las Reformas Constitucionales[ii] para la protección y ampliación de los derechos de las mujeres, lo que implica la modificación a seis artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 4°; 21; 41; 73; 116 y 123, además de siete leyes secundarias, con la finalidad de promover la igualdad sustantiva; la perspectiva de género y el derecho a una vida libre de violencia. En términos generales, las reformas presentadas van en función de: (i) Se busca garantizar la igualdad sustantiva para las mujeres en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, (ii) Se busca garantizar la igualdad salarial entre hombres y mujeres, (iii) Se amplía la obligatoriedad de paridad de género en toda la Administración Pública Federal y estatal para gabinetes en entidades y municipios, (iv) Se fortalecen las medidas de protección para las mujeres en materia de violencia digital, (v) Se garantiza mayor protección para las mujeres frente a la violencia ejercida a través de una tercera persona, (vi) Se dispone que todas las entidades federativas deberán contar con fiscales de investigación de delitos por razón de género (vii) Se instruye que las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia deberán ajustar sus actuaciones con perspectiva de género, (viii) Se establece en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el derecho de todas las personas a una vida libre de violencia, (ix) Se establece que el Estado mexicano tiene deberes reforzados con las mujeres, es decir, de fortalecer y profundizar su actuación para garantizar una vida libre de violencia, (x) Se obliga a que las autoridades federales puedan conocer de las medidas de protección que derivan de delitos del fuero común en relación a la violencia contra las mujeres, (xi) Se busca mayor coordinación y colaboración institucional y entre los tres órdenes de gobierno, por lo que se crea el Registro Nacional de medidas de protección de las mujeres, adolescentes, niñas y niños. De lo anterior, la comunidad empresarial deberá cumplir con aquellos preceptos que les sean aplicables, a fin de que sus programas de cumplimiento y políticas se acojan a las reformas constitucionales que inminentemente serán aprobadas, y publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
5.- COMPLIANCE CON PERSPECTIVA DE GÉNERO: Del punto anterior, es importante tomar suma conciencia de las reformas constitucionales planteadas, en pro de la igualdad sustantiva, por lo que al interior de las organizaciones deberán trabajar en robustecer, e implementar los programas, medidas y políticas que aseguren el cumplimiento con la nueva normatividad que muy probablemente será aprobada y publicadas en el Diario Oficial de la Federación, incluyendo aspectos de prevención, temas laborales, de estructura organizacional corporativa, y desde luego cooperación con las autoridades.
6.- CRECIMIENTO VERTICAL DE LAS CIUDADES: El Sector Inmobiliario en Baja California ha apostado al crecimiento vertical de la ciudad, lo cual podemos ver con cada vez más torres tanto comerciales como habitacionales, con lo que queda claro que la tendencia que veremos este 2025 es hacia este rumbo, lo que abre una puerta de posibilidades a inversionistas en este sector, que desde luego tendrán que contar con el asesoramiento jurídico necesario para ingresar al mundo de la construcción y desarrollo vertical. El reto de los inversionistas estará pues en hacerle frente a una compleja estructura jurídica y operativa que debe ser considerada, pues no es poca la regulación normativa que se debe observar para el desarrollo de este tipo de proyectos.
7.- INICIATIVA DE REFORMA POR LA QUE SE CREA EL ARTÍCULO 1143 BIS DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA: El pasado 02 de septiembre de 2024, se presentó por la Diputada Liliana Michel Sánchez Allende ante la Presidencia de la Mesa Directiva de la Honorable XXV Legislatura del Congreso del Estado de Baja Californiauna, una propuesta de iniciativa de reforma por la que se crea el artículo 1143 BIS del Código Civil para el Estado de Baja California, con el fin de impedir que una persona prescriba más de un inmueble de forma. El Artículo en cuestión establecería que: "ARTÍCULO 1143 BIS.- No podrá correr de forma simultánea el plazo para la prescripción positiva de dos o más inmuebles en favor de una misma persona cuando la posesión se base en el uso del inmueble como habitación, para si misma o para una persona tercera, salvo que se trate de predios que sean contiguos. Esta misma disposición será aplicable para los bienes inmuebles que, aunque no tenga construcciones fijas en la superficie, se encuentren en construcción o se estacionen o instalen habitaciones móviles en vehículos o plataformas suspendidas." La controversial iniciativa podría volverse una realidad en el próximo año, situación que sin duda generará una serie de acciones legales como consecuencia.
8.- EMPRESAS A LA VANGUARDIA: Son muchos y muy variados los temas que las empresas Baja Californianas ya debieron o deberán trabajar, a fin de contar con sociedades a la vanguardia, y que puedan a su vez contar con la certeza jurídica de abrirse a la inversión, y demás acuerdos comerciales no solo con el resto del País, sino del mundo, por lo cual consideramos importante tomar en cuenta: (i) Reformas estatutarias para la integración de Asambleas por medios electrónicos, (ii) La transformación en la Administración de la empresa, es decir de ser administrada por un Administrador Único/Gerente Administrador, a un Consejo de Administración, contemplando sus respectivas suplencias, (iii) La transformación digital al interior de las empresas (la implementación de Firmas electrónicas en los diversos documentos entre ellos: contratos, asambleas, títulos accionarios, certificados de partes sociales o de participación, etc), (iv) El correcto Registro y capitalización de marcas y derechos de autor, (v) Modificaciones a los lineamientos para el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), (vi) La implementación de una Política de Seguridad de la Información; para la gestión y tratamiento de información confidencial, y datos personales, con el fin de proteger tu propiedad industrial, y no recaer en sanciones de privacidad, (vii) La inteligencia artificial en los actos jurídicos jugará un papel extremadamente relevante, maxime en las relaciones con extranjeros, lo que nos lleva a (viii) contemplar las obligaciones de Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE), y el Registro Único de Proyectos de Inversión (RUPI).
Para mayor Información sobre estos y otros aspectos, tales como: Contractuales, Fiscales, Laborales, Competencia Económica, Propiedad Industrial, en CONSULTORES Y AUDITORES JURÍDICOS DE BAJA CALIFORNIA, S.C., estamos para servirte.
Mtro. Eleazar Peinado Velarde.
Mtro. Fernando Alejandro Heleria García.
CONSULTORES Y AUDITORES JURÍDICOS DE BAJA CALIFORNIA, S.C.
Tel de Oficina: 664 2075171
Móvil.- 664 7304855
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