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Explosión de Gasera en Tijuana, debe verse desde la óptica de Compliance.

En el presente artículo compartimos una reflexión desde el punto de vista de Compliance, buscando contribuir a una Cultura de Integridad Empresarial.


Estimado lector.


En diversos [1]medios[2] de[3] comunicación el pasado 11 de abril del presente año, se dio a conocer la tragedia de pérdidas humanas que trajo una exploción en una gasera en la Ciudad de Tijuana Baja California.

Es lamentable en primer término el resultado que trajo dicha explosión, y que viendolo desde la óptica legal, debemos preguntarnos si ¿la empresa gasera cuenta con un programa de cumplimiento normativo que permita identificar los riesgos y los protocolos de actuación pero sobre todo de prevención de los mismos?., y que a juicio del suscrito será la propia autoridad investigadora (Fiscalía) quien determine la responsabilidad penal de la persona moral, de su administrador y de sus propios ejecutivos. y/o de quien o quienes resulten responsables de los hechos que se investiguen, que sin duda pudiera detonar en el Estado de Baja California, un precedente importante para que el Congreso Local y porqué no, el Congreso de la Unión, puedan ya legislar y matizar lo que hoy encontramos en el Código Nacional de Procedimientos Penales en sus artículos 421 y 422, en relación con el artículo 25 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y me refiero a la Responsabilidad Penal de las Personas Morales y a la existencia de una política de integridad., que permita crear una cultura de prevención para evitar que suceda lo que lamentable ha ocurrido., la pérdida de vidas humanas, contaminación ambiental, entre otras posibles conductas.

Pudieramos enlistar un sinfín de hechos lamentables tales como: [4]la explosión de la pipa en gasolinera en Tlahuelilpan, Hidalgo; [5]el derrame tóxico de concentración de arsénico y plomo de una mina en 2014 en Sonora, [6]la muerte de empleadas de una tienda departamental, entre muchos más que nos lleven a cuestionar que han hecho las personas morales para prevenir y evitar este tipo de hechos o acontecimientos que en definitiva son situaciones que deben llevar a reflexionar desde la óptica empresarial, pero también aquellos a quienes corresponde la investigación, procuración e impartición de justicia.

Desde la óptica jurídica y de responsabilidad penal de las personas morales, no basta con la “posible” existencia de un [7]certificado de medidas de seguridad, sino debe ir más allá, y me refiero propiamente a lo que conocemos como todo un programa integral de Cumplimiento Normativo.

Sabemos de antemano que el expendio, comercialización, almacenamiento, transporte de Gas Licuado de Petróleo, es una actividad ampliamente regulada por un marco jurídico por citar algunos: Ley de Hidrocarburos, su reglamento, Normas Oficiales Mexicanas, Reglamento de Zonificación y Usos de Suelo para las Acciones de Edificación, Instalación, Conservación y Operación de Estaciones de Servicio, Plantas de Distribución y Almacenamiento de Gas Licuado de Petróleo, Ductos de Gas Natural, Estaciones de Carburación y Servicios derivados para el Municipio de Tijuana, Baja California., Ley de La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, de donde habrá de desprenderse el cumplimiento o la falta de éste, a las obligaciones propias del sector regulado, para determinar la responsabilidad de la persona moral, y por consiguiente la continuidad o nó, de su operación que lamentablemente puede concluirse en un cierre de fuente generador de empleos en la localidad.

Es momento de reflexionar, es momento de dar la importancia a la debida diligencia corporativa, hago un llamado a los legisladores locales de Baja California para efectos de presentar, estudiar y reformar el Código Penal del Estado de Baja California en cuanto a la responsabilidad penal de las personas morales, es momento en que el Congreso de la Unión desempolve aquella iniciativa con proyecto de decreto que crea la [8]Ley General de Responsabilidad Empresarial y Debida Diligencia Corporativa, para prevenir y evitar hechos lamentables como los que han ocurrido, pero sobre todo crear una Cultura de Integridad Corporativa, en beneficio de la propia sociedad, de sus empleados, del medio ambiente y de la comunidad en general.

Compliance, es y debe ser materia viva.

Insisto, Compliance no es otra cosa, más que cultura de legalidad. Cultura de hacer bien las cosas (por acción u omisión). Reitero mi invitación para que juntos cerremos filas a posibles conductas que van en contra de la propia integridad.


Para mayor Información y asesoría en materia de Compliance, creación de Políticas de Integridad, estamos para servirte.


Mtro. Eleazar Peinado Velarde.

Oficial de Cumplimiento Certificado por GIAO (GRUPO DE INVESTIGACION ANALISIS Y OPINION) de la Cámara de Diputados.

Socio de CONSULTORES Y AUDITORES JURÍDICOS DE BAJA CALIFORNIA S.C.

Tel de Oficina.-(663) 3220034

Móvil.-(664) 7304855

[1] https://www.jornada.com.mx/notas/2023/04/12/estados/explosion-en-gasera-de-bc-mata-a-cuatro-tres-heridos/ [2] https://politica.expansion.mx/estados/2023/04/11/explosion-tijuana-gas-silza [3] https://www.uniradioinforma.com/reportajes-especiales/reportan-explosion-gasera-tijuana-tecate-saldo-cuatro-muertos-n656852 [4] https://www.eluniversal.com.mx/estados/video-explota-gasolinera-en-la-carretera-tula-tlahuelilpan-en-hidalgo/ [5] https://elpais.com/mexico/2020-11-27/la-cofepris-reconoce-que-el-agua-del-rio-sonora-esta-contaminada.html [6] https://www.jornada.com.mx/2010/11/11/estados/039n1est [7] https://www.elimparcial.com/tijuana/tijuana/Confirma-Bomberos-cumplimiento-de-medidas-de-seguridad-en-estacion--Gas-Silza-20230412-0035.html [8] https://www.senado.gob.mx/65/gaceta_del_senado/documento/112449

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