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Olvídate de publicar las convocatorias de Asambleas en Periódicos.




Estimado lector.

El día de hoy estamos abordando nuestro último artículo del mes de febrero, en preparación a las asambleas generales ordinarias de accionistas y/o socios.


Existen todavía algunas sociedades, abogados, ejecutivos, administradores, comisarios, socios, accionistas que desconocen la obligación de la publicación de las convocatorias de asambleas generales ordinarias y/o extraordinarias en el Sistema Electrónico de Publicaciones de la Secretaría de Economía, y hay quienes insisten en continuar llevando a cabo “asambleas de papel” cobijándose mediante las llamadas asambleas totalitarias que propiamente prevee la [1]Ley General de Sociedades Mercantiles.


Recordemos que el artículo 183 de la Ley General de Sociedades Mercantiles establece que:

SIC…“La convocatoria para las asambleas deberá hacerse por el Administrador o el Gerente de Administración, o por los Comisarios, salvo lo dispuesto en los artículos 168, 184 y 185.”

De ahí pues, que nace la obligación de publicarse una convocatoria para celebrarse las asambleas de conformidad al artículo 186 que nos refiere:

SIC… “La convocatoria para las asambleas generales deberá hacerse por medio de la publicación de un aviso en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía con la anticipación que fijen los estatutos, o en su defecto, quince días antes de la fecha señalada para la reunión. Durante todo este tiempo estará a disposición de los accionistas, en las oficinas de la sociedad, el informe a que se refiere el enunciado general del artículo 172.”

Dado lo anterior, si tú eres administrador de una sociedad como las S.A., S.A.P.I, S DE R.L. DE C.V. (aún cuando el artículo 81 para este tipo de sociedades establece que debe realizarse las convocatorias por medio de cartas certificadas con acuse de recibo, que deberá contener la orden del día y dirigirse a cada socio, por lo menos con ocho días de anticipación a la celebración a la asamblea), es importante por tanto que tomes en consideración la publicación de la convocatoria con la orden del día en dicho sistema., los pasos son sencillos:

i. Redacta la orden del día y es necesario que sea firmada por el Administrador Único, Gerente Administrador, Gerente General, Presidente del Consejo de Administración, Comisario. (Si es una asamblea general ordinaria, no olvides establecer en la orden del día los informes a los que se refiere el artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles).

ii. Toma en Consideración que debes contar con la E.FIRMA de la sociedad de la que se va a publicar la convocatoria en el [2]Sistema Electrónico de Publicaciones Mercantiles de la Secretaría de Economía.

iii. Es importante que consideres que el apoderado legal (Administrador Único, Gerente Administrador, Gerente General, Presidente del Consejo de Administración) que se encuentre dado de alta ante el Servicio de Administración Tributaria es el mismo que podrá inicialmente realizar la publicación. No olvides dar de alta al Comisario como persona autorizada para realizar publicaciones.

iv. Una vez publicada la convocatoria de la Asamblea, te arrojará un folio, por lo que el mismo te servirá para que forme parte de los anexos del acta de asamblea, pues es la forma correcta de acreditar que en efecto se ha cumplido con la convocatoria en tiempo y forma. (No olvides solicitar al secretario de la asamblea que relacione de manera correcta dicho documento al momento de la elaboración del acta de resoluciones de la asamblea celebrada).

v. Si tus estatutos, aún no han sido modificado y continúa determinando que las convocatorias se realizarán por medio de un periódico de mayor circulación, por el periódico oficial del Estado, o cualquier otro medio, es importante que realices una reforma estatutaria para que puedas tener actualizada la forma de convocar conforme a la normatividad aplicable.

vi. Finalmente como recomendación, procura revisar en los meses de enero, febrero marzo, abril (primer trimestre o cuatrimestre del año), pues seguramente se estarán publicando las convocatorias en el sistema electrónico las diversas convocatorias, pues pudieras quedar fuera de una asamblea.


Nos hemos especializado en asesorar a sociedades, administradores, consejos de administración, comisarios en la celebración de asambleas presenciales con todos los protocolos de buenas prácticas corporativas por lo que estamos para asesorarte.



Mtro. Eleazar Peinado Velarde.

Socio de CONSULTORES Y AUDITORES JURÍDICOS DE BAJA CALIFORNIA S.C.

Tel de Oficina.-(663) 3220034

Móvil.-(664) 7304855


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